+Artículo 8 2.

Artículo 8 2.

La utilización por el ordenante de dichos elementos estará sujeta a medidas que velen por que los dispositivos y los programas informáticos garantizan la resistencia contra un uso no autorizado de los elementos producido a través del acceso a los dispositivos y los programas informáticos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito