+Artículo 24 1.

Artículo 24 1.

Los proveedores de servicios de pago velarán por que solo el usuario de servicios de pago correspondiente esté asociado, de manera segura, con las credenciales de seguridad personalizadas y los dispositivos y programas informáticos de autenticación.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito