+Artículo 32 4.

Artículo 32 4.

A efectos de los apartados 1 y 2, los proveedores de servicios de pago gestores de cuenta supervisarán la disponibilidad y el rendimiento de la interfaz específica. Los proveedores de servicios de pago gestores de cuenta publicarán en su sitio web las estadísticas trimestrales sobre la disponibilidad y el rendimiento de la interfaz específica y de la interfaz utilizada por sus usuarios de servicios de pago.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito