+Artículo 33 4.

Artículo 33 4.

Como parte de un mecanismo de contingencia, los proveedores de servicios de pago a que se refiere el artículo 30, apartado 1, estarán autorizados a hacer uso de las interfaces a disposición de los usuarios de servicios de pago para la autenticación y comunicación con su proveedor de servicios de pago gestor de cuenta, hasta que la interfaz específica vuelva a alcanzar el nivel de disponibilidad y rendimiento que exige el artículo 32.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito