+Artículo 33 4.
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Artículo 33 4.
Como parte de un mecanismo de contingencia, los proveedores de servicios de pago a que se refiere el artículo 30, apartado 1, estarán autorizados a hacer uso de las interfaces a disposición de los usuarios de servicios de pago para la autenticación y comunicación con su proveedor de servicios de pago gestor de cuenta, hasta que la interfaz específica vuelva a alcanzar el nivel de disponibilidad y rendimiento que exige el artículo 32.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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