+Artículo 35 3.

Artículo 35 3.

A la hora de mantener las sesiones paralelas de red con el proveedor de servicios de pago gestor de cuenta, los proveedores de servicios de información sobre cuentas y los proveedores de servicios de iniciación de pagos se asegurarán de que estas sesiones están ligadas de forma segura a las sesiones pertinentes establecidas con el usuario o los usuarios de los servicios de pago a fin de evitar la posibilidad de que pueda desviarse el encaminamiento de cualquier mensaje o la información comunicada entre ellos.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito