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+Artículo 35 4. |
Artículo 35 4.Los proveedores de servicios de información sobre cuentas, los proveedores de servicios de iniciación de pagos y los proveedores de servicios de pago que emitan instrumentos de pago basados en tarjetas con el proveedor de servicios de pago gestor de cuenta incluirán referencias inequívocas a todos los puntos siguientes:
a)
el usuario o los usuarios de servicios de pago y la correspondiente sesión de comunicación, a fin de distinguir las distintas solicitudes del mismo usuario o los mismos usuarios de servicios de pago;
b)
para los servicios de iniciación de pagos, la operación de pago iniciada con una identificación única;
c)
para la confirmación de la disponibilidad de fondos, la solicitud con una identificación única relacionada con la cantidad necesaria para la ejecución de la operación de pago con tarjeta. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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