+Artículo 36 2.

Artículo 36 2.

En caso de un suceso inesperado o de un error durante el proceso de identificación, autenticación o intercambio de los datos, el proveedor de servicios de pago gestor de cuenta enviará un mensaje de notificación al proveedor de servicios de iniciación de pagos o al proveedor de servicios de información sobre cuentas y al proveedor de servicios de pago que emita instrumentos de pago basados en tarjetas, en el que explique las razones del suceso inesperado o del error.

Cuando el proveedor de servicios de pago gestor de cuenta ofrezca una interfaz específica con arreglo al artículo 32, la interfaz proporcionará mensajes de notificación relativos a sucesos inesperados o errores, que cualquier proveedor de servicios de pago que detecte el suceso o error deberá comunicar a los demás proveedores de servicios de pago que participen en la sesión de comunicación.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito