+Artículo 15 1.

Artículo 15 1.

A más tardar el 1 de febrero de 2017, la Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo, al BCE y a la ABE un informe sobre la aplicación del presente Reglamento, acompañado, en su caso, de una propuesta.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito