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+Artículo 3 5 |
Artículo 3 55. Los Estados miembros incorporarán la terminología normalizada de la Unión establecida con arreglo al apartado 4 a la lista provisional a que se refiere el apartado 1, y publicará la lista resultante definitiva de los servicios más representativos asociados a una cuenta de pago sin demora y, a más tardar, a los tres meses de la entrada en vigor del acto delegado al que se hace referencia en el apartado 4. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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