|
+Artículo 13 2 |
Artículo 13 22. La responsabilidad establecida en el apartado 1 no se aplicará cuando concurran circunstancias excepcionales e imprevisibles, ajenas al control del proveedor de servicios de pago que las invoque, cuyas consecuencias no hubieran podido evitarse ni siquiera con la máxima diligencia, o cuando un proveedor de servicios de pago esté vinculado por otras obligaciones legales establecidas por los actos legislativos de la Unión o nacionales. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|