+Artículo 13 2

Artículo 13 2

2.   La responsabilidad establecida en el apartado 1 no se aplicará cuando concurran circunstancias excepcionales e imprevisibles, ajenas al control del proveedor de servicios de pago que las invoque, cuyas consecuencias no hubieran podido evitarse ni siquiera con la máxima diligencia, o cuando un proveedor de servicios de pago esté vinculado por otras obligaciones legales establecidas por los actos legislativos de la Unión o nacionales.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito