+Artículo 14 2

Artículo 14 2

2.   La información a que se refiere el apartado 1 se pondrá a disposición de los consumidores de forma gratuita, en papel o en otro soporte duradero, en todos los locales del proveedor de servicios de pago a los que tengan acceso los consumidores, estará disponible en todo momento en formato electrónico en su sitio web, y se proporcionará a los consumidores previa petición.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito