+Artículo 16 10

Artículo 16 10

10.   Se considerará que los Estados miembros cumplen las obligaciones establecidas en el capítulo IV cuando un marco vinculante vigente garantice su plena aplicación de una manera lo suficientemente clara y precisa para que las personas interesadas puedan conocer plenamente sus derechos e invocarlos ante los órganos jurisdiccionales nacionales.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito