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+Artículo 3 4. |
Artículo 3 4.Los Estados miembros que recurran a la opción a la que se refiere el apartado 3, letra b), se asegurarán de que se aplique un marco adecuado a nivel nacional para ese tipo de crédito.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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