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+Artículo 14 1. |
Artículo 14 1.El consumidor dispondrá de un plazo de 14 días civiles para desistir del contrato de crédito sin indicar el motivo. Este plazo de desistimiento se iniciará:
a)
en la fecha de suscripción del contrato de crédito, o bien
b)
en la fecha en que el consumidor reciba las condiciones contractuales y la información recogida en el artículo 10, si esa fecha fuera posterior a la indicada en la letra a) del presente apartado. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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