+Artículo 35 4.

Artículo 35 4.

Cuando los Estados miembros autoricen a los prestamistas a cobrar al consumidor gastos adicionales en caso de impago, dichos Estados miembros fijarán un límite máximo para dichos gastos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito