+Artículo 4 2.

Artículo 4 2.

Los Estados miembros velarán por que las autoridades competentes controlen las actividades de las entidades y, cuando corresponda, de las sociedades financieras de cartera y las sociedades financieras mixtas de cartera, a fin de comprobar el cumplimiento de los requisitos de la presente Directiva y del Reglamento (UE) no 575/2013.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito