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+Artículo 27 ter 4. |
Artículo 27 ter 4.Los Estados miembros no impondrán condiciones previas en cuanto al nivel de la adquisición propuesta, ni permitirán a la autoridad competente examinar la adquisición propuesta a la luz de las necesidades económicas del mercado.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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