+Artículo 50 7.

Artículo 50 7.

La ABE elaborará proyectos de normas técnicas de aplicación para establecer modelos de formularios, plantillas y procedimientos referentes a los requisitos en materia de intercambio de información que puedan facilitar el control de las entidades.

Se otorgan a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de aplicación a que se refiere el párrafo primero, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1093/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito