+Artículo 78 4.
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Artículo 78 4.
Cuando determinadas entidades diverjan significativamente de la mayoría de las entidades semejantes o cuando, por su escasa homogeneidad, los métodos den lugar a resultados muy divergentes, las autoridades competentes investigarán las razones de ello y, si puede establecerse con claridad que el método de una entidad conduce a la subestimación de los requisitos de fondos propios que no sea atribuible a diferencias en los riesgos subyacentes de las exposiciones o posiciones, tomará medidas correctoras.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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