+Artículo 78 6.

Artículo 78 6.

La ABE podrá emitir directrices y formular recomendaciones de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010 cuando las considere necesarias sobre la base de la información y las evaluaciones mencionadas en los apartados 2 y 3 del presente artículo a fin de mejorar las prácticas de supervisión o las prácticas de las entidades en relación con los métodos a los que se aplique el proceso de establecimiento de referencias de supervisión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito