+Artículo 116 5.

Artículo 116 5.

La ABE elaborará proyectos de normas técnicas de aplicación para determinar el funcionamiento operativo de los colegios de supervisores.

La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 31de diciembre de 2014.

Se otorgan a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de aplicación a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1093/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito