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+Artículo 155 2. |
Artículo 155 2.El apartado 1 no constituirá un obstáculo para la supervisión en base consolidada en virtud de la presente Directiva.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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