|
+Artículo 4 2. |
Artículo 4 2.Las autoridades competentes y, cuando proceda, las autoridades de resolución realizarán la evaluación mencionada en el apartado 1 tras haber consultado, cuando corresponda, a la autoridad macroprudencial nacional.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|