Artículo 45undecies 2.
La ABE elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución para especificar plantillas de presentación de información, instrucciones y el método de uso de dichas plantillas, la frecuencia y las fechas de presentación de la información, definiciones y soluciones informáticas uniformes para que las autoridades de resolución, en coordinación con las autoridades competentes, determinen y envíen a la ABE la información correspondiente a los fines del apartado 1. La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de ejecución a la Comisión a más tardar el 28 de junio de 2020. Se otorgan a la Comisión facultades para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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