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+Artículo 60 5. |
Artículo 60 5.Cuando una entidad se ajuste a las condiciones de resolución y la autoridad de resolución decida aplicar a aquella un instrumento de resolución, cumplirá la obligación contemplada en el apartado 59, apartado 3, antes de aplicar el citado instrumento.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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