+Artículo 16bis 3.
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Artículo 16bis 3.
Por lo que se refiere a las evaluaciones a que se refiere el artículo 22 de la Directiva 2013/36/UE y que, con arreglo a lo dispuesto en ese artículo, precisen la consulta entre las autoridades competentes de dos o más Estados miembros, la Autoridad, a petición de una de las autoridades competentes afectadas, podrá emitir y publicar un dictamen sobre las evaluaciones. El dictamen se emitirá rápidamente y, en cualquier caso, antes del final del período de evaluación a que se refiere el citado artículo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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