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+Artículo 66 1. |
Artículo 66 1.A efectos de la lucha contra el fraude, la corrupción y cualesquiera otras prácticas contrarias a Derecho, se aplicará a la Autoridad sin restricciones el Reglamento (UE, Euratom) n.o 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (
30
).
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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