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+Artículo 80 2. |
Artículo 80 2.Por lo que respecta a los sistema y componentes de GTA/SNA a los que se hace referencia en el artículo 45, incluso cuando contribuyan a la aplicación de SESAR, la Agencia, cuando los actos delegados a que se refiere el artículo 47 lo prevean:
a)
establecerá y notificará al solicitante las especificaciones detalladas por lo que respecta a los sistemas y componentes de GTA/SNA, que estén sujetos a certificación con arreglo al artículo 47, apartado 2;
b)
establecerá y facilitará las especificaciones detalladas aplicables a los sistemas y componentes de GTA/SNA que están sujetos a una declaración de conformidad con el artículo 45, apartado 2;
c)
será responsable de las tareas relacionadas con la certificación, la supervisión y la ejecución en virtud del artículo 62, apartado 2, en relación con los certificados y las declaraciones realizadas respecto de los sistemas y componentes de GTA/SNA, con arreglo al artículo 45, apartado 2. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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