+Artículo 13 1.

Artículo 13 1.

La ayuda concedida con cargo al Fondo se sumará a la proporcionada con arreglo a otros fondos, programas e instrumentos de la Unión. Las medidas e inversiones financiadas con cargo al Fondo podrán recibir ayuda de otros fondos, programas e instrumentos de la Unión, siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito