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+Artículo 14 6. |
Artículo 14 6.Las ANC presentarán al BCE toda plantilla adicional especificada en el anexo IV del
►M3
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 ◄ por ellas recopilada. Las ANC notificarán al BCE con antelación toda plantilla adicional de esa clase que tengan intención de presentar.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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