+Artículo 58 13.

Artículo 58 13.

Los fabricantes se asegurarán de que los motores de sustitución cumplan con el marcado a que se refiere el artículo 32, apartado 2, letra e).

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito