+Artículo 15 1.

Artículo 15 1.

Cuando un traslado se destine a la valorización o a la eliminación intermedias, todas las instalaciones en las que se prevea realizar posteriores valorizaciones o eliminaciones, intermedias o finales, se indicarán también en el documento de notificación, además de la valorización o la eliminación intermedias.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito