+Artículo 15 1.
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Artículo 15 1.
Cuando un traslado se destine a la valorización o a la eliminación intermedias, todas las instalaciones en las que se prevea realizar posteriores valorizaciones o eliminaciones, intermedias o finales, se indicarán también en el documento de notificación, además de la valorización o la eliminación intermedias.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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