+Artículo 61 6.
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Artículo 61 6.
Cuando las pruebas mencionadas en el apartado 4 o en el apartado 5 no se hayan presentado a las autoridades participantes en las inspecciones en el plazo fijado por ellas, o cuando estas consideren que las pruebas e información de que disponen no son concluyentes, se considerará ilícito el traslado en cuestión y será tratado de conformidad con los artículos 25 y 26. Las autoridades que participen en las inspecciones informarán al respecto sin demora a la autoridad competente del país en el que se realizó la correspondiente inspección.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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