+Artículo 16 Comunicación de información sobre el requisito de cobertura de liquidez de forma individual y en base consolidada
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Artículo 16 Comunicación de información sobre el requisito de cobertura de liquidez de forma individual y en base consolidada
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 16 1.
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A fin de comunicar información sobre el requisito de cobertura de liquidez de conformidad con el artículo 430, apartado 1, letra d), del Reglamento (UE) n.o 575/2013, de forma individual y en base consolidada, las entidades presentarán la información que se especifica en el anexo XXIV del presente Reglamento, de conformidad con las instrucciones del anexo XXV del presente Reglamento, con frecuencia mensual.
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Artículo 16 2.
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La información recogida en el anexo XXIV tendrá en cuenta la información presentada en la fecha de referencia y la información sobre los flujos de efectivo de la entidad durante los 30 días naturales siguientes.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 01.09.2024 00:00:00 -Doknr: CELEX:32021R0451
- EULAW_DA -
EULAW_DA
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