|
+Artículo 23 6. |
Artículo 23 6.A efectos del apartado 5, las entidades financieras también tendrán en cuenta el carácter esencial de los servicios afectados.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|