+Artículo 36

Artículo 36

Artículo 36

Las agrupaciones europeas de interés económico se someterán a las disposiciones de derecho nacional que regulan la insolvencia y el cese en los pagos . La apertura de un procedimiento contra una agrupación debido a su insolvencia o al cese en sus pagos , no implica por sí misma la apertura de tal procedimiento contra los miembros de la agrupación .

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito