+Artículo 46 b)

Artículo 46 b)

en lo que respecta a las entidades de pago, también las entidades de pago exentas en virtud de la Directiva (UE) 2015/2366, las entidades de dinero electrónico, también las exentas en virtud de la Directiva 2009/110/CE y los proveedores de servicios de información sobre cuentas a que se refiere el artículo 33, apartado 1, de la Directiva (UE) 2015/2366, la autoridad competente designada de conformidad con el artículo 22 de la Directiva (UE) 2015/2366;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito