+Artículo 46 d)
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Artículo 46 d)
en lo que respecta a los proveedores de servicios de criptoactivos autorizados en virtud del Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos y los emisores de fichas referenciadas a activos, la autoridad competente designada de conformidad con las disposiciones pertinentes de dicho Reglamento;
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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