+Artículo 46 o)

Artículo 46 o)

en lo que respecta a los administradores de índices de referencia cruciales, la autoridad competente designada de conformidad con los artículos 40 y 41 del Reglamento (UE) 2016/1011;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito