+Artículo 2 1.

Artículo 2 1.

Las entidades transmitirán a las autoridades competentes información actual en las fechas de referencia siguientes:

a) 

información mensual: el último día de cada mes;

b) 

información trimestral: el 31 de marzo, el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 31 de diciembre;

c) 

información semestral: el 30 de junio y el 31 de diciembre;

d) 

información anual: el 31 de diciembre.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 01.09.2024 00:00:00 -Doknr: CELEX:32021R0451
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