+Artículo 91 6

Artículo 91 6

6.   Para realizar las evaluaciones a que se refiere el apartado 2, la Comisión tendrá en cuenta las posiciones y conclusiones del Parlamento Europeo, del Consejo y de otros órganos o fuentes pertinentes, y prestará atención específica a las pequeñas y medianas empresas y a la posición de los nuevos competidores.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito