|
+Artículo 27 duodecies 3. |
Artículo 27 duodecies 3.La ABE elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución para establecer los procedimientos y los formularios comunes y elaborará las plantillas a efectos del proceso de consultas entre las autoridades competentes pertinentes a que se refiere el presente artículo. A efectos del párrafo primero, la ABE tomará en consideración el título II de la Directiva (UE) 2017/1132. La ABE presentará a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de ejecución a más tardar el 10 de enero de 2027. Se otorgan a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero del presente apartado de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|