+Artículo 45 1.
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Artículo 45 1.
El Consejo de Administración estará compuesto por el Presidente y seis miembros de la Junta de Supervisores, elegidos por los miembros con derecho a voto de la Junta de Supervisores de entre ellos. Cada miembro del Consejo de Administración, a excepción del Presidente, tendrá un suplente, que podrá sustituirlo en caso de que no pueda asistir.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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