+Artículo 14 4.

Artículo 14 4.

Los Estados miembros exigirán que los datos personales en relación con los diagnósticos de enfermedades oncológicas de los consumidores no se empleen para fines de pólizas de seguros relacionadas con un contrato de crédito tras un período de tiempo determinado por los Estados miembros, que no supere los quince años tras la finalización del tratamiento médico del consumidor.

1. Vue d’ensemble

,
Intitulé Réglementation

1.1 Références

1.2 Exigences identifiées

1.3 Normes associées

2. Exigences identifiées

Exigences
Source Exigence

3. Normes associées

Normes
Source Exigence
  • Builddate: 30.10.2023 00:00:00 -Doknr: CELEX:32023L2225
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