|
+Artículo 19 3bis. |
Artículo 19 3bis.La Autoridad notificará a las autoridades competentes implicadas la conclusión de los procedimientos con arreglo a los apartados 2 y 3, junto con, en su caso, la decisión adoptada con arreglo al apartado 3.
1. Vue d’ensemble
1.1 Références1.2 Exigences identifiées1.3 Normes associées2. Exigences identifiées
3. Normes associées
|