+REGLAMENTO (UE) 2025/38 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 19 de diciembre de 2024 por el que se establecen medidas destinadas a reforzar la solidaridad y las capacidades en la Unión a fin de detectar ciberamenazas e incidentes, prepararse y responder a ellos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Reglamento de Cibersolidaridad)
---+CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
------+Artículo 1 Objeto y objetivos
---------+Artículo 1 1.
---------+Artículo 1 2.
---------+Artículo 1 3.
---------+Artículo 1 4.
---------+Artículo 1 5.
---------+Artículo 1 6.
------+Artículo 2 Definiciones
---+CAPÍTULO II SISTEMA EUROPEO DE ALERTA DE CIBERSEGURIDAD
------+Artículo 3 Establecimiento del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad
---------+Artículo 3 1.
---------+Artículo 3 2.
---------+Artículo 3 3.
------+Artículo 4 Centros cibernéticos nacionales
---------+Artículo 4 1.
---------+Artículo 4 2.
---------+Artículo 4 3.
---------+Artículo 4 4.
------+Artículo 5 Centros cibernéticos transfronterizos
---------+Artículo 5 1.
---------+Artículo 5 2.
---------+Artículo 5 3.
---------+Artículo 5 4.
---------+Artículo 5 5.
---------+Artículo 5 6.
------+Artículo 6 Cooperación y puesta en común de información dentro de los centros cibernéticos transfronterizos y entre ellos
---------+Artículo 6 1.
---------+Artículo 6 2.
---------+Artículo 6 3.
---------+Artículo 6 4.
------+Artículo 7 Cooperación y puesta en común de información con redes a escala de la Unión
---------+Artículo 7 1.
---------+Artículo 7 2.
------+Artículo 8 Seguridad
---------+Artículo 8 1.
---------+Artículo 8 2.
------+Artículo 9 Financiación del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad
---------+Artículo 9 1.
---------+Artículo 9 2.
---------+Artículo 9 3.
---------+Artículo 9 4.
---+CAPÍTULO III MECANISMO DE EMERGENCIA EN MATERIA DE CIBERSEGURIDAD
------+Artículo 10 Creación del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad
---------+Artículo 10 1.
---------+Artículo 10 2.
---------+Artículo 10 3.
---------+Artículo 10 4.
------+Artículo 11 Tipos de acciones
------+Artículo 12 Pruebas coordinadas de preparación de las entidades
---------+Artículo 12 1.
---------+Artículo 12 2.
---------+Artículo 12 3.
---------+Artículo 12 4.
---------+Artículo 12 5.
---------+Artículo 12 6.
---------+Artículo 12 7.
------+Artículo 13 Otras acciones de preparación
---------+Artículo 13 1.
---------+Artículo 13 2.
------+Artículo 14 Creación de la Reserva de Ciberseguridad de la UE
---------+Artículo 14 1.
---------+Artículo 14 2.
---------+Artículo 14 3.
---------+Artículo 14 4.
---------+Artículo 14 5.
---------+Artículo 14 6.
---------+Artículo 14 7.
------+Artículo 15 Solicitudes de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la UE
---------+Artículo 15 1.
---------+Artículo 15 2.
---------+Artículo 15 3.
---------+Artículo 15 4.
---------+Artículo 15 5.
---------+Artículo 15 6.
---------+Artículo 15 7.
------+Artículo 16 Ejecución del apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la UE
---------+Artículo 16 1.
---------+Artículo 16 2.
---------+Artículo 16 3.
---------+Artículo 16 4.
---------+Artículo 16 5.
---------+Artículo 16 6.
---------+Artículo 16 7.
---------+Artículo 16 8.
---------+Artículo 16 9.
---------+Artículo 16 10.
---------+Artículo 16 11.
---------+Artículo 16 12.
------+Artículo 17 Proveedores de servicios de seguridad gestionados de confianza
---------+Artículo 17 1.
---------+Artículo 17 2.
---------+Artículo 17 3.
------+Artículo 18 Acciones de apoyo para la asistencia mutua
---------+Artículo 18 1.
---------+Artículo 18 2.
------+Artículo 19 Apoyo a terceros países asociados al Programa Europa Digital
---------+Artículo 19 1.
---------+Artículo 19 2.
---------+Artículo 19 3.
---------+Artículo 19 4.
---------+Artículo 19 5.
---------+Artículo 19 6.
---------+Artículo 19 7.
---------+Artículo 19 8.
---------+Artículo 19 9.
---------+Artículo 19 10.
---------+Artículo 19 11.
------+Artículo 20 Coordinación con los mecanismos de gestión de crisis de la Unión
---------+Artículo 20 1.
---------+Artículo 20 2.
---+CAPÍTULO IV MECANISMO EUROPEO DE REVISIÓN DE INCIDENTES DE CIBERSEGURIDAD
------+Artículo 21 Mecanismo Europeo de Revisión de Incidentes de Ciberseguridad
---------+Artículo 21 1.
---------+Artículo 21 2.
---------+Artículo 21 3.
---------+Artículo 21 4.
---------+Artículo 21 5.
---+CAPÍTULO V DISPOSICIONES FINALES
------+Artículo 22 Modificaciones del Reglamento (UE) 2021/694
------+Artículo 23 Ejercicio de la delegación
---------+Artículo 23 1.
---------+Artículo 23 2.
---------+Artículo 23 3.
---------+Artículo 23 4.
---------+Artículo 23 5.
---------+Artículo 23 6.
------+Artículo 24 Procedimiento de comité
---------+Artículo 24 1.
---------+Artículo 24 2.
------+Artículo 25 Evaluación y revisión
---------+Artículo 25 1.
---------+Artículo 25 2.
---------+Artículo 25 3.
------+Artículo 26 Entrada en vigor
---+ANEXO
English - European Union - ICT - Cybersecurity -

REGLAMENTO (UE) 2025/38 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 19 de diciembre de 2024 por el que se establecen medidas destinadas a reforzar la solidaridad y las capacidades en la Unión a fin de detectar ciberamenazas e incidentes, prepararse y responder a ellos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Reglamento de Cibersolidaridad)

REGLAMENTO (UE) 2025/38 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 19 de diciembre de 2024

por el que se establecen medidas destinadas a reforzar la solidaridad y las capacidades en la Unión a fin de detectar ciberamenazas e incidentes, prepararse y responder a ellos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Reglamento de Cibersolidaridad)

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

1. Resumen

,
Título Regulación
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO II SISTEMA EUROPEO DE ALERTA DE CIBERSEGURIDAD CAPÍTULO II SISTEMA EUROPEO DE ALERTA DE CIBERSEGURIDAD
CAPÍTULO III MECANISMO DE EMERGENCIA EN MATERIA DE CIBERSEGURIDAD CAPÍTULO III MECANISMO DE EMERGENCIA EN MATERIA DE CIBERSEGURIDAD
CAPÍTULO IV MECANISMO EUROPEO DE REVISIÓN DE INCIDENTES DE CIBERSEGURIDAD CAPÍTULO IV MECANISMO EUROPEO DE REVISIÓN DE INCIDENTES DE CIBERSEGURIDAD
CAPÍTULO V DISPOSICIONES FINALES CAPÍTULO V DISPOSICIONES FINALES
ANEXO




ANEXO

El Reglamento (UE) 2021/694 se modifica como sigue:

1) 

En el anexo I, la sección «Objetivo específico 3 – Ciberseguridad y confianza» se sustituye por el texto siguiente:

«Objetivo específico 3 – Ciberseguridad y confianza

El Programa estimulará el refuerzo, la creación y la adquisición de la capacidad esencial para proteger la economía digital, la sociedad y la democracia de la Unión reforzando el potencial industrial y la competitividad en materia de ciberseguridad de la Unión, así como mejorando las capacidades de los sectores público y privado para proteger a los ciudadanos y empresas de ciberamenazas, incluido el apoyo a la aplicación de la Directiva (UE) 2016/1148.

Las acciones iniciales y, cuando proceda, posteriores, en el marco del presente objetivo, incluirán:

1. 

La coinversión con los Estados miembros en equipamiento avanzado de ciberseguridad, infraestructuras y conocimientos especializados que son esenciales para proteger las infraestructuras críticas y el mercado único digital en general. Dicha coinversión podría incluir inversiones en instalaciones cuánticas y recursos de datos para la ciberseguridad, conciencia situacional en el ciberespacio, incluidos los centros cibernéticos nacionales y los centros cibernéticos transfronterizos que forman el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad, así como otras herramientas que se pondrán a disposición de los sectores público y privado en toda Europa.

2. 

La ampliación de la capacidad tecnológica existente y la integración en red de los centros de competencia de los Estados miembros y la garantía de que esa capacidad responda a las necesidades del sector público y de la industria, en particular en el caso de los productos y servicios que refuercen la ciberseguridad y la confianza en el mercado único digital.

3. 

La garantía de una amplia implantación de soluciones de vanguardia eficaces en materia de ciberseguridad y confianza en los Estados miembros. Dicha implantación incluye el refuerzo de la seguridad y la protección de los productos desde su diseño hasta su comercialización.

4. 

Un apoyo para solucionar el déficit de capacidades en materia de ciberseguridad, teniendo en cuenta el equilibrio de género, por ejemplo, alineando los programas de capacidades en materia de ciberseguridad, adaptándolos a las necesidades sectoriales específicas y facilitando el acceso a una formación especializada específica.

5. 

La promoción de la solidaridad entre los Estados miembros por lo que respecta a la preparación frente a incidentes de ciberseguridad significativos y de incidentes de ciberseguridad a gran escala y la respuesta a ellos mediante la prestación de servicios de ciberseguridad a través de las fronteras, incluido el apoyo a la asistencia mutua entre las autoridades públicas y el establecimiento de una reserva de proveedores de ciberseguridad de confianza de servicios de seguridad gestionados a escala de la Unión.».

2) 

En el anexo II, la sección «Objetivo específico 3 – Ciberseguridad y confianza» se sustituye por el texto siguiente:

«Objetivo específico 3 – Ciberseguridad y confianza

3.1. Número de infraestructuras o herramientas de ciberseguridad, o ambas contratadas conjuntamente, también en el contexto del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad

3.2. Número de usuarios y de comunidades de usuarios con acceso a instalaciones europeas de ciberseguridad

3.3 Número de acciones de apoyo a la preparación frente a incidentes de ciberseguridad y la respuesta a ellos en el marco del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad».

▼C1

Se ha realizado una declaración con respecto a este acto y se puede encontrar en el DO C, C/2025/310, 15.1.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/310/oj.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito