+Artículo 27 5.

Artículo 27 5.

A más tardar el 29 de junio de 2024, la Comisión adoptará actos delegados de conformidad con el artículo 50 a fin de completar el presente Reglamento especificando los datos de referencia identificativos que deben utilizarse en relación con los derivados extrabursátiles a efectos de los requisitos de transparencia establecidos en el artículo 8 bis, apartado 2, y en los artículos 10 y 21.

La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 50 a fin de completar el presente Reglamento especificando los datos de referencia identificativos que deben utilizarse en relación con los derivados extrabursátiles a efectos del artículo 26.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito