+Artículo 24bis Ejercicio de la delegación
---+Artículo 24bis 1.
---+Artículo 24bis 2.
---+Artículo 24bis 3.
---+Artículo 24bis 4.
---+Artículo 24bis 5.
---+Artículo 24bis 6.
|
Artículo 24bis Ejercicio de la delegación
1. Apžvalga
| Pavadinimas |
Reguliavimas |
|
Artículo 24bis 1.
|
Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo.
|
|
Artículo 24bis 2.
|
Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el artículo 19, apartado 5, se otorgan a la Comisión por un período de cinco años a partir del 26 de julio de 2019. La Comisión elaborará un informe sobre la delegación de poderes a más tardar nueve meses antes de que finalice el período de cinco años. La delegación de poderes se prorrogará tácitamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo se oponen a dicha prórroga a más tardar tres meses antes del final de cada período.
|
|
Artículo 24bis 3.
|
La delegación de poderes mencionada en el artículo 19, apartado 5, podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. La decisión surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en ella. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor.
|
|
Artículo 24bis 4.
|
Antes de la adopción de un acto delegado, la Comisión consultará a los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo interinstitucional de 13 de abril de 2016 sobre la mejora de la legislación (
5
).
|
|
Artículo 24bis 5.
|
Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo.
|
|
Artículo 24bis 6.
|
Los actos delegados adoptados en virtud del artículo 19, apartado 5, entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de tres meses a partir de su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se prorrogará dos meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.
|
,
1.1 Nuorodos
1.2 Nustatyti reikalavimai
1.3 Susiję standartai
2. Nustatyti reikalavimai
Reikalavimai
| Šaltinis |
Reikalavimas |
3. Susiję standartai
Standartai
| Šaltinis |
Reikalavimas |
- Builddate: 30.12.2023 00:00:00 -Doknr: CELEX:32008L0048
- EULAW_ES -
EULAW_ES
|