+Artículo 44bis 7.

Artículo 44bis 7.

Los Estados miembros no tendrán que aplicar el presente artículo a los pasivos a que se refiere el apartado 1 cuando se hayan emitido antes del 28 de diciembre de 2020.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito