+Artículo 11 1.
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Artículo 11 1.
Los poderes para adoptar las normas técnicas de regulación a que se refiere el artículo 10 se otorgan a la Comisión por un período de cuatro años a partir del 16 de diciembre de 2010. La Comisión elaborará un informe relativo a los poderes delegados a más tardar seis meses antes de que finalice el período de cuatro años. La delegación de poderes se prorrogará automáticamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo la revocan con arreglo al artículo 14.
1. Ħarsa ġenerali
| Titlu |
Regolamentazzjoni |
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1.1 Referenzi
1.2 Rekwiżiti identifikati
1.3 Standards relatati
2. Rekwiżiti identifikati
3. Standards relatati
- Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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